Instalaciones fotovoltaicas solares

Autoconsumo fotovoltaico con compensación de excedentes

¿Dispones de una instalación de placas solares? ¿Sabías que, aparte de ahorrar en tu factura de la luz produciendo energía limpia, también puedes “ganar dinero” cuando generas más energía de la que consumes? Esta modalidad es la que se conoce como instalación fotovoltaica de autoconsumo con compensación de excedentes, y a continuación te explicamos cómo funciona y cómo puedes adherirte a ella.

Índice

¿Qué es la compensación de excedentes en el autoconsumo fotovoltaico?

La compensación simplificada de excedentes es una modalidad de autoconsumo fotovoltaico conectado a la red eléctrica. Como muy bien se sabe, los usuarios de autoconsumo solar generan su propia energía para consumo y la producen con sus placas solares fotovoltaicas. Además, si no generan lo suficiente para cubrir su demanda energética, podrán comprar la energía que les falta a Red Eléctrica .

Lo interesante de las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo es que si se genera más energía de la que se consume, se podrá inyectar el sobrante a la Red, aprovechando así al máximo toda la energía producida. Pero, ¿ que ventajas presenta al usuario el vertido de excedentes? Red eléctrica compensará económicamente por los kilovatios vertidos al final de cada periodo de facturación.

¿Qué requisitos tengo que cumplir para acogerme a la modalidad de compensación de excedentes?

Independientemente de si la instalación de autoconsumo es individual o colectiva, los requisitos indispensables son los siguientes:

  • La potencia de la instalación debe ser menor a 100 kW.

  • El consumidor debe estar adherido a un único contrato de suministro para el consumo con una comercializadora.

  • En caso de que el titular del suministro y el de la instalación sean distintas personas, se debe acordar un contrato de compensación con excedentes.

  • Esta actividad nunca será retributiva, por lo que la factura nunca tendrá un valor negativo.

¿Se puede llegar a pagar 0 euros por la factura de la luz?

Como se ha comentado anteriormente en este post, si hay una mayor producción que consumo, estos excedentes pueden inyectarse a la red de distribución. Sin embargo, según el Real Decreto 244/2019, la compañía eléctrica no podrá reembolsar una cantidad en euros superior a la correspondiente al consumo eléctrico facturado en ese período. Dicho de otro modo, si en un mes se tiene un consumo eléctrico de 100€, no se podrá compensar con los excedentes una cantidad de dinero mayor a dicho valor.

Hay que tener en cuenta que el término de potencia es un importe que se debe seguir pagando, aunque el término variable (consumo) puede salir a cero euros a pagar.

Cabe destacar que el precio al que se venden los excedentes es menor que el precio al que se paga la energía consumida, ya que la energía inyectada se paga a precio del OMIE, mientras que la energía comprada se paga a precio del OMIE + los peajes de acceso+ la comisión de la comercializadora.

De este modo, también es interesante valorar la opción de la instalación de baterías de acumulación, para aprovechar al máximo, esos excedentes energéticos.

Para ver un ejemplo más gráfico, ponemos el siguiente ejemplo.

Teniendo en cuenta que la distribuidora hace una discretización horaria del consumo, tenemos la energía de este usuario entre las 8:00 y las 9:00 y entre las 9:00 y las 10:00. En el primer período ha consumido 5 kWh, pero a su vez, ha producido 4 kWh con su instalación fotovoltaica y, además, ha inyectado a la red 2 kWh. En total, la facturación en ese período, teniendo en cuenta la siguiente fórmula: Efacturada=Econsumida-Eautoconsumida-Einyectada, sería de -1 kWh. Es decir, haciendo un balance neto entre lo consumido, lo producido y lo inyectado a la red, se calcula la energía consumida que, en este caso, sale a compensar 1 kWh. En el segundo período horario, siguiendo el mismo balance, sale que el usuario debe pagar 3kWh, lo que podrá compensar con el excedente del anterior período horario. Sin embargo, como hemos dicho anteriormente, el precio de compra y de venta de excedentes es distinta, por lo que el balance entre períodos horarios será un balance neto monetario, no un balance neto energético.

¿Tienes más dudas? ¿Quieres acogerte a la modalidad de compensación de excedentes? Pregunta a nuestros expertos y únete al cambio energético. ¡Siente el poder del Sol!

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